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LICENCIA FERCLER S.L. 127 Viviendas calle Pegaso de Móstoles
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Mensaje LICENCIA FERCLER S.L. 127 Viviendas calle Pegaso de Móstoles 
 
Aquí os dejo un modelo de escrito, para que valoreis si quereis introducirlo en el Ayuntamiento o no:

AL CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

Asunto: Parcelas 7 y 8, del Plan Parcial nº 4 “Móstoles Sur”, del Término Municipal de Móstoles, enajenadas a FERCLER S.L. para la construcción de 127 VPPL, trasteros y garajes vinculados.

...., mayor de edad, con DNI ... y domicilio a efectos de notificaciones en la C/ ... nº .. piso ..º letra .., CP .., de Móstoles, teléfono de contacto ........... y “emilio” ...@..., comparezco y como mejor proceda

Expongo:

Que tengo firmado un contrato privado de compraventa de vivienda, con la mercantil FERCLER S.L.,  CIF: B-80182017 (filial de Martinsa-Fadesa), para la adquisición de una VPPL sita en las parcelas 7 y 8, del Plan Parcial nº 4 del Término Municipal de Móstoles.

Que como consta a este Ayuntamiento, en el BOCM nº 283 de 28 de noviembre 2007, apareció publicado el anuncio de resolución del concurso público para la adjudicación de las citadas parcelas, destinadas como es sabido a viviendas con protección pública de precio limitado (VPPL), en el ámbito del PP-4 “Móstoles Sur”.

Que dicho concurso se convocó por acuerdo del consejo de administración del Consorcio Urbanístico Móstoles Sur, de Móstoles (Madrid), en su sesión de fecha 15 de febrero de 2006, a resultas del cual, la Sociedad Fercler S.L. a la que me he referido, resultó adjudicataria del lote nº 4, solares 7 y 8, para la construcción de 127 Viviendas Colectivas de Protección Pública de Precio Limitado ( VPPPL).

Que en dicha parcela es donde he adquirido mi vivienda.

Que según ha aparecido en prensa, el pasado 30 de marzo de 2009 Fercler S.L. ha obtenido la Licencia de Obras para la materialización de mi vivienda y de las otras 126 que deben construirse, más los garajes y trasteros proyectados, a ejecutar todo ellos, según corresponda, en la rasante o bajo la rasante de dicho solar. Desde la óptica jurídico pública se trata, con la concesión de la citada licencia, de culminar las determinaciones del planeamiento vigente.

Que el art. 9 Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 junio (TRLS de 2008, en adelante), establece, como deber de la propiedad del suelo, el de “edificar en los plazos establecidos en la normativa aplicable”.

Que el art. 17 de la Ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid (LS-CM, en adelante), establece, como derecho / deber de la propiedad del suelo urbano consolidado, el de “edificar en el solar en las condiciones, y en su caso, plazos establecidos por el planeamiento”.

Que la actividad de ejecución del planeamiento urbanístico, tal y como viene definida por el art. 6 de la LS-CM, es una responsabilidad público administrativa que abarca la actividad de ejecutar la edificación o construcción, máxime si como es el caso, se trata de ejecutar vivienda protegida (VPPPL), sobre solares obtenidos y gestionados por un  consorcio público urbanístico previa expropiación.

Que el art. 158 de la LS-CM establece que  “todas las licencias se otorgarán por un plazo determinado tanto para iniciar, como para terminar las obras”, y que sin perjuicio de la posibilidad de su prórroga, “de haberse otorgado por acto presunto o no contener la licencia indicación expresa sobre dichos plazos, se entenderá otorgada bajo la condición legal de la observancia de los de un año para iniciar las obras y tres años para la terminación de éstas”.

Que en el caso de que la propiedad del suelo rebase los plazos en el cumplimiento de sus obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, la caducidad de Licencias del art. 158.2 de la LS-CM en ningún caso puede ser concedida, por cuanto el art. 92.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (LRJ-PAC, en adelante), que es legislación general, establece que “podrá no ser aplicable la caducidad en el supuesto de que la cuestión suscitada afecte al interés general, o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento”. La actividad de edificación o de ejecución del planeamiento, tal y como hemos visto, trasciende del interés particular para alcanzar el general (art. 6 de la LS-CM).

Que de acudir al mecanismo de la caducidad, sin otras medidas complementarias que garanticen la materialización de la edificación, se estaría alterando gravemente el art. 3.1.a) de la LS-CM, que recoge como principio rector el contenido del art. 47 de la CE que se refiere a que “todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”. En los términos del art. 53.3 de la CE, dicho principio “informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos”. Por tanto, declarar la simple caducidad de la licencia en el caso de que los plazos trascurran, sería tanto como ignorar el art. 47 o 53 de la CE.

Que en tal supuesto, entiende el que suscribe, lo que procede, en vez de declarar la caducidad, es acudir a los mecanismos que en general, establece el art. 98 de la LRJ-PAC, que se refiere a la ejecución subsidiaria por la Administración de las determinaciones de la Licencia a costa del obligado, que en la legislación urbanística encuentra su acomodo en el régimen de las denominadas “órdenes de ejecución”.


A la vista de cuanto antecede, y en conocimiento de que el Ayuntamiento de Móstoles está haciendo todo lo humanamente posible para que la obra se ejecute, lo cual no puedo sino agradecer

Solicito:

Que sin perjuicio de lo establecido en el art. 4.f) del TRLS de 2008, que se refiere a la acción pública en materia de urbanismo, me sea concedida la condición de interesado, con la relevancia a que se refiere el art.31.1.b) y c) de la LRJ-PAC, en el expediente de Licencia de Obras concedida a Fercler S.L. sobre los solares 7 y 8, destinados a la construcción de 127 Viviendas Colectivas de Protección Pública de Precio Limitado (VPPPL) del PAU 4 “Móstoles Sur”, adjudicados a la mercantil Fercler S.L..

Que desde este momento, me sea notificado de cualquier novedad o acto administrativo que a partir de ahora se produzca en ese expediente, notificación que debe practicarse por mandato directo del art. 58.1 de la LRJ-PAC.

Que se me reconozcan todos y cada uno de los derechos a que se refiere el art. 36 de la LRJ-PAC. En concreto, si no fuera mucho inconveniente, me gustaría fuese identificado el funcionario que tramita la citada Licencia de Fercler S.L., para poder dirigirme directamente a él a los efectos de ser informado del estado de tramitación del expediente, y tener una información más fluida.

Me sea designado el archivo o el lugar y el momento donde pueda acceder al Pliego, o documento administrativo en que se fijen las bases del concurso público para la adjudicación de las parcelas destinadas a viviendas con protección pública de precio limitado (VPPPL), en el ámbito de Móstoles Sur, y en concreto, el documento de enajenación que regía para los solares 7 y 8, destinados a la construcción de 127 Viviendas Colectivas de Protección Pública de Precio Limitado ( VPPPL) del PAU 4 “Móstoles Sur”.

Me sea designado el archivo o el lugar y el momento donde pueda acceder a la Licencia de obras concedida a Fercler S.L. en las parcelas 7 y 8, del Plan Parcial nº 4 del Término Municipal de Móstoles, indicándome expresamente los plazos concedidos en tal Licencia tanto para iniciar las obras como para terminarlas.

Me sea notificado a mi domicilio cualquier prórroga que se solicite / conceda de tales plazos. La notificación de tales plazos de la licencia o de sus prórrogas lo es a los efectos de poder instar, como interesado, los procedimientos de expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad, a que se refieren los arts. 36 y ss. del TRLS de 2008, y arts. 4.2.a), 9.1.2 y 162 y ss. de la LS-CM. Debe tenerse muy en cuenta, a estos efectos, que el art. 162.3 de la LS-CM habilita a la directa expropiación, sin necesidad de acudir al régimen de sustitución del propietario, en los supuestos de promoción pública de viviendas, lo que es el caso. Y en el supuesto de que se venzan los plazos sin haberse terminado las obras, solo en ese supuesto, se me ocurre que este mecanismo, el de expropiación por incumplimiento de la Función Social de la Propiedad, que incluso puede ser directamente gestionado por una Empresa Pública Municipal en régimen de gestión directa a que se refiere el art. 85.2.A.d) de la LBRL, garantizaría la ejecución del planeamiento, y la satisfacción de los intereses generales y particulares anudados al consorcio urbanístico y a la construcción de la vivienda pública.

Sea de alguna manera contestado este escrito, y notificada tal contestación, en cumplimiento de las obligaciones que lo son de las administraciones públicas del art. 42 de la LRJ-PAC “obligación de resolver”, dentro de los plazos contenidos en ese precepto.

Sea trasladado, en trámite de audiencia, este escrito a FERCLER S.L.
  
Atentamente, en Móstoles, a veintiséis de agosto de 2009.



Fdo.: ....







Ayuntamiento de Móstoles
Concejalía de Urbanismo.
Plaza de España, 1
28934
Móstoles
Madrid




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Mensaje ¿intencion? 
 
Buenas,

según he entendido, este texto es para que te mantengan informado de nuevos trámites que se produzcan en el terreno y para comprobar los plazos establecidos para la ejecución de la obra ¿no? la verdad es que tener alternativas nunca viene mal, pero en las reuniones mantenidas con el ayuntamiento, administración concursal, urbanismo y Martinsa se ha hablado de que la licencia no tiene límite, y de que al estar Martinsa en el concurso los plazos son "relativos", otra cosa como se ha comentado en la asociación es que los plazos empiecen a hacerse "inviables" para la construcción, en cuyo caso acudiriamos via legal como se habló en la última reunión de la asociación, pero el principal problema ahora mismo es que mes a mes nos siguen pasando los pagarés, y las obras no empiezan, según la última reunión es Caja Madrid quien debe dejar el dinero y esta muy reticente a ello, y hasta que a Martinsa no la dejen el dinero para pagar a la constructora no podemos hacer mucho.

Pdt: dworkin, tu nick no me suena de los 91 pisos que estan en la asociación de afectados de Martinsa en Mostoles de esta promoción, ¿sabes que existimos?




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Mensaje Re: ¿intencion? 
 
Namreg Escribió: [Ver Mensaje]
Buenas,

según he entendido, este texto es para que te mantengan informado de nuevos trámites que se produzcan en el terreno y para comprobar los plazos establecidos para la ejecución de la obra ¿no? la verdad es que tener alternativas nunca viene mal, pero en las reuniones mantenidas con el ayuntamiento, administración concursal, urbanismo y Martinsa se ha hablado de que la licencia no tiene límite, y de que al estar Martinsa en el concurso los plazos son "relativos", otra cosa como se ha comentado en la asociación es que los plazos empiecen a hacerse "inviables" para la construcción, en cuyo caso acudiriamos via legal como se habló en la última reunión de la asociación, pero el principal problema ahora mismo es que mes a mes nos siguen pasando los pagarés, y las obras no empiezan, según la última reunión es Caja Madrid quien debe dejar el dinero y esta muy reticente a ello, y hasta que a Martinsa no la dejen el dinero para pagar a la constructora no podemos hacer mucho.

Pdt: dworkin, tu nick no me suena de los 91 pisos que estan en la asociación de afectados de Martinsa en Mostoles de esta promoción, ¿sabes que existimos?



Estimado Namreg:

Sí que sé que existís, pero cuando comenzó todo el proceso concursal, coincidió con la grave enfermedad de una persona muy próxima que me ha tenido apartado de todo, y de todos. Estaré encantado de unirme, si es que estoy a tiempo de hacerlo y quereis aceptarme. No tengo problemas en pagar todas las cuotas retrasadas desde que comenzasteis a trabajar. Felicitaros por vuestros resultados.

Me dedico profesionalmente al urbanismo en las Administraciones Públicas, y por mi experiencia, que ni es determinante, ni es absoluta, ni tiene vocación de iluminar a nadie, te diré que la buena volutand del político (y de la empresa), es más que necesaria, y que de esa buena voluntad depende mucho que las cosas salgan bien, pero eso no impide, en un estado de Derecho como el nuestro, que tú pidas tus derechos por escrito, con registro de entrada, por si en un futuro tuvieras que hacerlos valer delante de un juez. Eso ni va en contra del Ayuntamiento, a quien debemos agradecer sus esfuerzos, ni de fercler, que atraviesa una situación complicada, ni de nadie.

En el escrito que he preparado únicamente trato de trasladar al Ayuntamiento una serie de ideas:
Que se nos considere interesados en el procedimiento.
Que nos indiquen y notifiquen los aspectos más relevantes del expediente, para su control jurídico y legal.
Que nos notifiquen cualquier novedad.
Que en el supuesto de que los plazos se rebasen brutalmente, que la Administración intervenga, o mediante expropiación, o mediante ejecución subsidiaria, o como proceda. No podemos olvidar que se trata de una actuación pública, mediante consorcio, donde se está ventilando un problema de vivienda pública. Nosotros, como compradores, y conociendo la situación de Fercler, podemos ser, en mi opinión, tan flexibles en los plazos como requiera la situación, pero pienso que hay que hacer saber al Ayuntamiento que toda flexibilidad tiene un límite, y que pasado ese límite, el Ayuntamiento tiene posiblidades de intervenir, tantas posibilidades como le otorga el ordenamiento jurídico: Ejecución subsidiaria o forzosa a costa del obligado y expropiación por incumplimiento de la Función ocial de la propiedad.
Que la Administración nunca haga caducar la licencia, que trabajito ha costado que se conceda.

Por tanto, y a la vista de tus apreciaciones, se me ocurre que a ese escrito podemos añadirle otras tres solicitudes:

Que el Ayuntamiento de Móstoles vele, en todo caso, y con la relevancia a que se refiere el art. 105.1 de la LRJ-PAC en cuanto acto administrativo favorable para el ciudadano, porque se mantengan los precios del módulo de VPPL derivados de la Resolución del Director General de Vivienda de 15 de abril de 2008 (BOCM nº 90 de 16 de abril de 2008), por la que se establecen los criterios para la aplicación de la disposición transitoria de la Orden 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda, por la que se adecuan y adaptan los precios máximos de venta y arrendamiento de las viviendas con protección pública a lo dispuesto en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, y su modificación por Real Decreto 14/2008, de 11 de enero.

Que con independencia de quien ejecute el Proyecto de Obras, sea Fercler S.L., o previa expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad (arts. 71 y ss de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954), sea el propio Ayuntamiento directamente a través de sus entes instrumentales (art. 85 de la LBRL), o un contratista suyo, en ningún caso se otorgue caducidad alguna a la Licencia de obras concedida (art. 165.2 de la LS-CM). La no caducidad de la Licencia también viene avalada por el principio de conservación de los actos administrativos a que se refiere el art. 66 de la LRJ-PAC, de tal suerte que ésta, su contenido, el de la Licencia, se trasmita a su ejecutor final (art. 13 del RSCL, Decreto de 17 junio 1955).

Que en cualquier escenario de intervención municipal o autonómica sea respetada la compra de mi vivienda, siendo imputadas las cantidades que todos los compradores hemos pagado, y que vamos pagando, a la ejecución de la edificación.

 Por mi parte, este escrito que os remito, es solo una recomendación, cuya viabilidad solo solicito que estudieis. Aunque sea un poco rollo, tampoco vendría mal que leyéseis toda la retaila de artículos que cito, y que se encuentran fácil en internet.

Sin otro particular, y reiterando que me gustaría asociarme, recibe un saludo.




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Mensaje BIENVENIDO!!!!! 
 
La verdad es que todo lo que dices me parece bastante interesante y coherente, espero contar con tu presencia en la próxima reunión que realicemos tanto en la asociación como con Martinsa, cuando empezó todo el concurso haciamos una semanal, luego pasamos a una cada 15 dias, y ahora en verano y después de la última reunión con Martinsa en Junio se pospuso hasta después del verano la próxima ya que ahora mismo desde Martinsa no tienen nada nuevo en principio hasta septiembre ya que ellos Agosto lo consideran inhabil para hablar con lso bancos.

Respecto a la asociación, nos comunicamos mediante un grupo de google o foro privado, como prefieras llamarlo, ya que todo lo que escribiamos aqui era copiado, modificado y pegado en noticias por los medios targiversando nuestras palabras, además de que los empleados de Martinsa tambien lo leían y no nos sentíamos muy "seguros". Te paso el formulario que debes rellenar para que te pasemos el resto de información de la asociación de la que ya te voy diciendo no hay cuotas si no que una única cuota de entrada que aportamos todos por si necesitamos comprar algo, pero nada mas:

http://spreadsheets.google.com/view...pdWg&email=true

Finalmente todo lo que cuentas si te parece bien lo puedo ir copiando al foro del grupo para que la gente exprese tambien su opinión/aportación, aunque pienso que tenemos actualizarte alguna cosa mas respecto a la última reunión porque por ejemplo las fechas en las que si la obra no se hubiera iniciado, el terreno volvería a manos del ayuntamiento.

Un saludo.


Pdt: Cuando rellenes el formulario ya te mando un correo desde mi correo privado y te termino de aclarar lo que necesites.




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Mensaje Re: BIENVENIDO!!!!! 
 
Namreg Escribió: [Ver Mensaje]
La verdad es que todo lo que dices me parece bastante interesante y coherente, espero contar con tu presencia en la próxima reunión que realicemos tanto en la asociación como con Martinsa, cuando empezó todo el concurso haciamos una semanal, luego pasamos a una cada 15 dias, y ahora en verano y después de la última reunión con Martinsa en Junio se pospuso hasta después del verano la próxima ya que ahora mismo desde Martinsa no tienen nada nuevo en principio hasta septiembre ya que ellos Agosto lo consideran inhabil para hablar con lso bancos.

Respecto a la asociación, nos comunicamos mediante un grupo de google o foro privado, como prefieras llamarlo, ya que todo lo que escribiamos aqui era copiado, modificado y pegado en noticias por los medios targiversando nuestras palabras, además de que los empleados de Martinsa tambien lo leían y no nos sentíamos muy "seguros". Te paso el formulario que debes rellenar para que te pasemos el resto de información de la asociación de la que ya te voy diciendo no hay cuotas si no que una única cuota de entrada que aportamos todos por si necesitamos comprar algo, pero nada mas:

http://spreadsheets.google.com/view...pdWg&email=true

Finalmente todo lo que cuentas si te parece bien lo puedo ir copiando al foro del grupo para que la gente exprese tambien su opinión/aportación, aunque pienso que tenemos actualizarte alguna cosa mas respecto a la última reunión porque por ejemplo las fechas en las que si la obra no se hubiera iniciado, el terreno volvería a manos del ayuntamiento.

Un saludo.


Pdt: Cuando rellenes el formulario ya te mando un correo desde mi correo privado y te termino de aclarar lo que necesites.


Estimado Namreg:

Ya he rellenado el formulario. Ningún problema en que lo copies todo al foro. Espero tu emilio.

Gracias por todo.




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Mensaje Re: LICENCIA FERCLER S.L. 127 Viviendas calle Pegaso de Móst 
 
-- CHICOS HAY QUE SUMARSE A ESTA INICIATIVA:
"Quisiera proponer la ampliación de los cheque vivienda a las viviendas de protección publica de precio limitado eliminando el requisito de familiar numerosa.
Es injusto pagar más que en una VPPB por el precio del modulo y además no tener cheque vivienda."

Hace unos meses hice esta sugerencia a la CAM para la ampliación del cheque vivienda a la VPPL sin ningún tipo de restricciones y me contestaron que lo estaban valorando para el nuevo plan de ayudas... os dejo un enlace por si quereis sumaros a la petición

http://www.madrid.org/lapresidencia/contenidos/hablemos.htm

http://www.madrid.org/cs/Satellite?...ge%2FPVIV_Dudas

Todo sea para que amplien el cheque vivienda a la VPPL y ahorranos el 7% del precio de nuestros pisos que son unos eurazos.




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